Esta oferta comercial ha sido desarrollada para facilitar y potenciar el transporte intermodal de viajeros.
Para la aplicación de esta tarifa será necesario que le tiempo máximo entre la llegada y salida de ambos medios de transporte sea de 48 horas, siendo necesaria la presentación del documento justificativo que cumpla los requisitos siguientes:
"Avión + Tren"
Se admitirán billetes de transporte aéreo de cualquier trayecto internacional, o nacional que tenga como origen o destino las Islas Baleares, Islas Canarias y Melilla. Las poblaciones de intercambio modal serán aquellas en las que los billetes de transporte aéreo y tren, ya sean de origen o destino, coincidan o aquellas que por su proximidad faciliten el tránsito.
"Barco + tren"
Billetes de las líneas regulares marítimas y billetes o bonos de cruceros vacacionales que operen en puertos españoles. Las poblaciones de intercambio modal serán aquellas en las que los billetes de barco y tren, ya sean de origen o destino, coincidan o aquellas que por su proximidad faciliten el tránsito.
Los documentos justificativos para la obtención del descuento podrán ser:
Todas las clases de AVE–Larga Distancia, Alta Velocidad–Media Distancia y en la mayoría de los trenes de Media Distancia Convencional.
En trenes de AVE–Larga Distancia: descuento del 10% en viajes de ida o de un 25% en los viajes de ida y vuelta con el regreso cerrado.
En trenes de Alta Velocidad–Media Distancia (Avant) y Media Distancia Convencional: descuento del 15% por trayecto.
Los billetes se podrán emitir en puntos de venta de las estaciones, Oficinas de Venta y agencias de viajes.
No está permitida la venta en ruta.
Se pueden realizar cambios y anulaciones en las condiciones establecidas con carácter general.
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