La entidad pública empresarial Renfe Operadora, empresa matriz del Grupo Renfe, en uso de las facultades que tiene atribuidas en el marco establecido por el Real Decreto 2396/2004, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Entidad; de acuerdo con las autorizaciones de los organismos correspondientes, procede a convocar ingreso de personal laboral fijo.
Estas bases tienen por objeto regular los procesos de selección de personal laboral para el Grupo Renfe. (1)
El Grupo Renfe garantiza que los criterios de selección, tras respetar los principios de igualdad, mérito y capacidad, promoverán el equilibrio de género, fomentando en lo posible el incremento del género subrepresentado dentro de su plantilla teniendo en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, y el Acuerdo de Consejo de Ministros de fecha 20 de noviembre de 2014 por el que se aprueba el II Plan para la Igualdad entre hombres y mujeres en la Administración General del Estado y en sus Organismos Públicos (2), y en línea con los cambios y avances en materia de igualdad de las personas LGTBIQ incorporadas a la legislación española en el ámbito autonómico, se desarrollará de acuerdo con las siguientes bases.
Los requisitos que deben reunir los solicitantes a fecha fin de publicación y que deberán mantener en el momento de la formalización del contrato, para poder participar en la convocatoria son los siguientes:
1. La acreditación de la titulación académica deberá realizarse aportando copia del Título. En el caso de no estar en posesión del Título durante el período de inscripción, deberá presentarse una certificación académica oficial.
2. La acreditación de la experiencia profesional deberá ser demostrada documentalmente a través de:
Para que la experiencia profesional se tenga en cuenta es necesario que se aporten los dos documentos.
3. Para acreditar el nivel de idioma solicitado, deberá aportarse copia de un certificado oficial que acredite el nivel de idioma.
La convocatoria se publicará en la página web del Grupo Renfe www.renfe.com, en el apartado Empleo y Formación, y en el portal corporativo Interesa.
Toda la información necesaria y derivada de la presente convocatoria se publicará, en su momento, en la página web del Grupo Renfe y en el portal corporativo Interesa
1. El plazo de admisión de solicitudes comenzará el día 5 de marzo y finalizará el día 19 de marzo de 2020, ambos incluidos. Este mismo plazo será el único hábil para la impugnación de la presente convocatoria.
2. Los candidatos presentarán su solicitud de participación a través de la página web del Grupo Renfe, www.renfe.com, en el apartado Empleo y Formación.
Para la resolución de la convocatoria, se constituirá un Tribunal con las atribuciones y composición previstas en la Normativa Laboral vigente del Grupo Renfe.
El Tribunal de la convocatoria adoptará cuantas decisiones estime pertinentes para el correcto cumplimiento del proceso selectivo y resolverá todas las cuestiones que pudieran plantearse en el transcurso del proceso.
También, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española y la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos. Asimismo, adoptará las medidas precisas para que los candidatos con discapacidad gocen de análogas condiciones que el resto de los candidatos en la realización de las pruebas previstas.
A efectos de comunicaciones, que deberán realizarse por escrito, el Tribunal tendrá su sede en:
Los puestos de trabajo tendrán, inicialmente, como referencia las condiciones laborales y retributivas establecidas en el II Convenio Colectivo del Grupo Renfe, pudiendo ser modificadas en función del convenio colectivo del Grupo Renfe vigente en el momento efectivo de la incorporación:
El Grupo Renfe podrá determinar la ubicación geográfica de los puestos convocados, atendiendo a las necesidades existentes, en el momento de la resolución de la convocatoria.