Recogida de equipajes y enseres

A partir del 20 de febrero, la recogida de las pertenencias de los afectados por el accidente de Adamuz, que se está realizando en la estación de Huelva, se efectuará exclusivamente con cita previa.

La cita se puede solicitar a través del teléfono 900 10 10 20.

Horarios de recogida:

  • Lunes, de 11:00 a 13:00
  • Miércoles, de 16:30 a 18:30
  • Viernes, de 11:00 a 13:00


Indemnizaciones, asistencia médica y psicológica (solo accidente Adamuz y Gelida)

Desde Renfe queremos transmitir, ante todo, nuestro apoyo y cercanía a todas las personas afectadas por el accidente, así como a sus familias y allegados. Estamos plenamente comprometidos en ofrecerles toda la asistencia necesaria en estos momentos difíciles.

Para gestionar las indemnizaciones y la asistencia médica o psicológica del Seguro Obligatorio de Viajeros, es necesario cumplimentar el Formulario de Notificación de Accidentes. Para facilitar el proceso, este formulario puede obtenerse a través de cuatro vías:

  • En los Centros de Atención a los Familiares (CAF) de Renfe, donde pueden solicitarlo, cumplimentarlo y entregarlo firmado.
  • En la estación más cercana que cuente con personal de Renfe, solicitándolo directamente en taquilla.
  • A través de la web de Renfe, donde pueden rellenarlo online en el siguiente enlace.
    (Una vez cumplimentado, es necesario pulsar el botón “enviar”.)
  • Por correo electrónico, solicitándolo en la dirección: seguros@renfe.es. Allí les remitirán el formulario para su cumplimentación y posterior envío firmado.

Una vez recibido el formulario y tramitado por Renfe, la aseguradora se pondrá en contacto con ustedes a la mayor brevedad posible. Les recordamos que disponen de un plazo máximo de cinco años para realizar esta gestión.

Adicionalmente, queremos informarles de que Renfe cuenta también con un Seguro de Responsabilidad Civil, que actúa como cobertura adicional y complementaria al Seguro Obligatorio de Viajeros.

La CIAF ha habilitado direcciones de correo electrónico específicas para las víctimas y sus familiares, así como afectados directos por el accidente. Dichas direcciones se han distribuido a través de los Planes de Asistencia a las Víctimas de Accidentes Ferroviarios y sus Familiares de las empresas ferroviarias, para que aquellos afectados que estén interesados puedan solicitar información sobre los avances de la investigación, en los términos establecidos por el artículo 15 de la Ley 2/2024.

 

Asistencia Psicológica Externa (Reembolso)

En aquellos casos en los que la persona solicitante de asistencia psicológica prefiera recibirla a través de un profesional o centro ajeno a la red de psicólogos de Renfe —y siempre que dicho profesional no forme parte ni haya formado parte recientemente de dicha red— podrá solicitar el reembolso de las sesiones derivadas del suceso.
Para ello, deberá seguir el siguiente procedimiento:

  • Realizar la solicitud a través del 900 101 020 o directamente con la aseguradora (si ya cuenta con un número de expediente), indicando expresamente que se trata de una petición de reembolso por asistencia psicológica recibida en un centro o por un profesional externo a los proporcionados por Renfe (siempre que dicho profesional no forme parte ni haya formado parte recientemente de dicha red).
  • La solicitud será remitida al Grupo de Psicología de Renfe, responsable de su evaluación y autorización.
  • Una vez autorizada, el grupo de psicología trasladará la petición a EVEREST para gestionar la tramitación del reembolso.
  • El equipo de EVEREST contactará con la persona solicitante para confirmar la petición y facilitarle las instrucciones, tanto de forma verbal como por escrito, sobre el procedimiento para el envío de las facturas correspondientes a la asistencia psicológica. Asimismo, solicitará a la persona solicitante que indique el centro o profesional que le prestará la asistencia, así como el importe de las sesiones.
  • Las asistencias prestadas deberán ser validadas cada 10 sesiones por el grupo de psicología de Renfe, con el fin de realizar un seguimiento adecuado. Para ello, la persona atendida deberá acordar el envío de informes con EVEREST sobre su evolución.

En caso de no realizarse dicha coordinación, la continuidad de las sesiones quedará a criterio del Grupo de Psicología de Renfe.

 

Información adicional sobre las indemnizaciones (solo accidente de Adamuz y Gelida)

El Real Decreto-ley 1/2026, de 27 de enero, de ayudas a las víctimas de los accidentes ferroviarios de Adamuz (Córdoba) y Gelida (Barcelona), establece en su artículo 1 que las ayudas establecidas en este real decreto-ley complementarán las indemnizaciones a las que tienen derecho las personas afectadas conforme a la normativa comunitaria y nacional en materia de derechos de los viajeros de ferrocarril y sobre asistencia a las víctimas de accidentes ferroviarios y sus familiares. Es decir, son independientes y complementarias a las que corresponden por el Seguro Obligatorio de Viajeros (SOV) de Renfe.

Sin perjuicio de lo anterior y de acuerdo con la disposición adicional primera, las víctimas podrán recibir también un anticipo económico de futuras indemnizaciones por responsabilidad civil. Las ayudas establecidas en este real decreto-ley se otorgarán, sin perjuicio del resto de indemnizaciones que correspondan a todos los pasajeros de los trenes siniestrados, tanto en materia de asistencia (comida, alojamiento y transporte, entre otros), pérdida o daños de los bultos de mano, animales y equipaje, como en caso de muerte y lesiones, y que se regirán por lo establecido en la normativa sectorial de aplicación.

Mediante resolución de la persona titular de la Secretaría de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible se establecerá el procedimiento de solicitud. Las solicitudes de ayudas se presentarán en el plazo de tres meses, contados a partir de la publicación de la resolución del titular de la Secretaría de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible. No obstante, por causas justificadas, dicho plazo podrá ampliarse de oficio o a petición de los interesados.

 

Gastos de Alojamiento, Transporte y Manutención (solo accidente de Adamuz y Gelida)

Para aquellos viajeros y/o sus familiares, que hayan incurrido y pagado gastos de manutención, alojamiento y transporte, con motivo del accidente, pueden reclamar el importe, justificado con las facturas o recibos correspondientes, de la siguiente manera:

  • Si disponen de un número de expediente, podrán anexarlo a éste. Si lo prefieren, podrán enviar toda la documentación a seguros@renfe.es con el número de expediente como asunto del correo.
  • Si no disponen de un número de expediente, podrán enviarlo a seguros@renfe.es indicando en el asunto del correo el nombre del viajero correspondiente.

En ambos casos, podrán dirigirse a seguros@renfe.es para que les resuelvan las dudas que pudieran surgir.

En caso de no disponer de alguna factura o recibo, por favor, sería necesario se explicasen las circunstancias concretas, y se valorará su posible tramitación.
 

Notificación Accidentes (solo Adamuz y Gelida)


 

Información General otros accidentes

En cumplimiento de la normativa reguladora del Sector Ferroviario, se pone en conocimiento de nuestros clientes las coberturas de las responsabilidades civiles que tiene concertadasRenfe Viajeros S.M.E.,S. A. y que le son exigidas en su condición de empresa operadora de transporte de viajeros por ferrocarril:

  • Seguro Obligatorio de Accidentes. De acuerdo a los términos del Real Decreto 1575/1989 de 22 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Seguro Obligatorio de Viajeros, Renfe Viajeros S.M.E, S.A. tiene contratado con la empresa EVEREST INSURANCE (IRELAND) DAC, sucursal en España, un seguro obligatorio de accidentes para los viajeros, con el fin de indemnizar a éstos o a sus derechohabientes, cuando sufran daños corporales, en accidente que tenga lugar con ocasión de desplazamientos por medio del transporte ferroviario que Renfe realiza, siempre que concurran las circunstancias establecidas en el citado Reglamento.

Esta cobertura se ha ampliado para aquellos accidentes que sufran los viajeros en las estaciones gestionadas por Renfe Viajeros S.M.E, S.A.

En las distintas opciones, los viajeros pueden cumplimentar los Formularios de Notificación de Accidentes (FNAV) en función de la fecha de accidente. Por un lado, a través de la aseguradora AIG Europe S.A sucursal en España, se gestionan los accidentes aquéllos acaecidos antes del 31.12.2024 y, por otro lado, a través de EVEREST INSURANCE (IRELAND) DAC, sucursal en España se tramitan los accidentes acaecidos desde el 01.01.2025.Ambas compañías son las responsables de tramitar las reclamaciones del Seguro Obligatorio de Viajeros correspondientes.

Gestiones que puedes realizar a través de este formulario:
 

  • Notificación de partes de accidentes.
  • Consulta del estado de partes de accidentes.
  • Reclamaciones relativas a la gestión de tu expediente.

Notificación otros accidentes


 

 

  • Seguro de Responsabilidad Civil (artículo 53 de la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del Sector Ferroviario y 63 de su Reglamento, aprobado por Real Decreto 2387/2004, de 30 de diciembre) suscrito con QBE EUROPE SA/NV Sucursal en España, para responder de los daños causados a los viajeros, a sus equipajes, al correo o a la carga transportada, a las infraestructuras ferroviarias, a los trenes y a terceros, personas o bienes, en los términos, alcance y cuantía establecidos en el artículo 63 del Reglamento citado, con una franquicia de un millón y medio de euros .
  • Aval bancario otorgado por CAIXABANK, S.A para cubrir las responsabilidades anteriores por debajo de la franquicia antedicha, fijadas en Resolución judicial o Laudo arbitral firmes, para el supuesto de que no pague Renfe Viajeros S.M.E, S.A., y por los conceptos y límites establecidos en el artículo 63 del Reglamento citado.
     

Reclamaciones por pérdida o daños de objetos personales

Accede al portal de Reclamaciones, donde podrás gestionar tus reclamaciones por pérdida o daños de objetos personales.