Las condiciones generales de contratación son disposiciones de naturaleza jurídica que afectan a una pluralidad de contratos, tal como se indica en la Ley 7/98 de 13 de Abril sobre Condiciones Generales de Contratación.
Renfe tiene recogidas dichas disposiciones en los Pliegos de Condiciones Generales (P.C.G.) donde se establecen los requisitos legales a aplicar a la pluralidad de contratos que la empresa formaliza.
Estos PLIEGOS, precisan ser conocidos y aceptados por el Proveedor, quedando los mismos incorporados al contrato.