Renfe Viajeros, S.M.E., S.A. es una sociedad mercantil estatal constituida en 2013, conforme a lo dispuesto en el artículo 1 del Real Decreto-ley 22/2012, por el que se adoptan medidas en materia de infraestructuras y servicios ferroviarios.
Su capital social pertenece íntegramente a la Entidad Pública Empresarial Renfe-Operadora.
La sociedad forma parte del sector público institucional estatal, de acuerdo con los artículos 84 y 111 de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, y se integra asimismo en el sector público empresarial, conforme a lo establecido en el artículo 3 de la Ley 47/2003, General Presupuestaria. En virtud de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público, Renfe Viajeros tiene la consideración de ente que no ostenta la condición de poder adjudicador.
La sociedad se rige por sus estatutos sociales, y por el Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital (aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010). También resultan de aplicación las disposiciones del Título VII de la Ley 33/2003, de Patrimonio de las Administraciones Públicas.
En el desarrollo de su actividad Renfe Viajeros se ajusta a la Ley 38/2015, del sector ferroviario, que regula el sistema ferroviario español y establece los principios de liberalización, seguridad y supervisión del transporte ferroviario.
Esta normativa se complementa con el Reglamento del Sector Ferroviario, aprobado por el Real Decreto 2387/2004, que desarrolla aspectos operativos, técnicos y de seguridad.
A nivel europeo, la sociedad aplica el Reglamento (UE) 2021/782, relativo a los derechos y obligaciones de los pasajeros de ferrocarril, que garantiza estándares comunes en materia de calidad del servicio, accesibilidad, información al viajero y mecanismos de reclamación.
Tiene por objeto social la prestación de servicios de transporte de viajeros por ferrocarril, nacionales e internacionales, la mediación en la prestación de cualesquiera servicios turísticos, organización, oferta y/o comercialización de viajes combinados o productos turísticos, así como la prestación de otros servicios o actividades complementarias vinculadas al transporte ferroviario.