Locomotora S/319.2 UIC disponible para arrendamiento

 

Les informamos que a finales de enero vamos a contar con una locomotora S/319.2 UIC disponible para arrendamiento.

Las condiciones aplicables al alquiler de locomotoras de este tipo serán las que figuren en el contrato de arrendamiento. Quedamos a su disposición para facilitarles un resumen de las principales condiciones de arrendamiento y/o un borrador de contrato tipo (alquiler@renfe.es).

El resto de las condiciones aplicables, en cuanto no se opongan a lo previsto en el contrato, pueden ser consultadas las Condiciones Generales de Arrendamiento de Locomotoras.

La fecha prevista de entrega de la locomotora y, por tanto, la fecha prevista de inicio del alquiler, a la empresa que resulte arrendataria será el 30 de enero de 2026.

En caso de que estén interesados en el arrendamiento de la locomotora desde la fecha indicada, les invitamos a que nos lo comuniquen por escrito, en sobre cerrado entregado en mano en el que figurará el nombre de la empresa y que se trata de una solicitud de alquiler de locomotora S/319.2 UIC, a la siguiente dirección de Renfe Alquiler (Avda. Ciudad de Barcelona nº 4, 28007 Madrid), hasta las 13:00 horas del día 23 de enero de 2026.

Primera - Requisitos de admisión

Sólo se admitirán las solicitudes de arrendamiento de empresas que contengan la información a que se refiere el apartado 2 posterior y además reúnan estos dos requisitos:

  • Cuenten con licencia de empresa ferroviaria para el transporte de mercancías y el correspondiente certificado de seguridad y;
  • Estén al corriente de pago de sus deudas con Renfe Alquiler de Material Ferroviario SME, S.A. en el momento de presentar la solicitud.

Segunda. - Contenido de la solicitud de alquiler

La solicitud de alquiler deberá contener, necesariamente, la siguiente información:

2.1 Plazo del arrendamiento:

Plazo del arrendamiento: plazo por el que están interesados en alquilar cada locomotora/s respetando un plazo mínimo de 1 año y un plazo máximo de alquiler de 10 años.

2.2 Precio:

Precio por el que están dispuestos a arrendar la locomotora respetando el precio mínimo y máximo correspondiente la locomotora según la tabla de precios que puede solicitar en alquiler@renfe.es.

El precio mínimo de la locomotora será el precio de arrendamiento que correspondería aplicar a cada locomotora según la tabla de precios en función del plazo ofertado para esa locomotora en cuestión. Por su parte, el precio máximo, será el precio más alto de arrendamiento fijado en la tabla, es decir, el correspondiente a tres meses.

La presentación de la solicitud de alquiler implica la aceptación de las condiciones de la presente carta y de las condiciones de su alquiler.

Tercera. - Criterio de adjudicación del arrendamiento.

En el supuesto de que haya más solicitudes de alquiler que locomotoras disponibles, las locomotoras serás arrendadas conforme a los siguientes criterios:

  • La apertura de las solicitudes de arrendamiento recibidas —en el supuesto de que haya más solicitudes de arrendamiento recibidas que locomotoras disponibles— se realizará ante notario, sito en Madrid, a la cual se invitará a asistir a todas las empresas participantes.
  • Plazo: en primer lugar, se atenderán las solicitudes cuyo plazo de alquiler sea de mayor duración (respetando el plazo mínimo y máximo anteriormente indicados).
  • Precio: en el supuesto de que varias empresas hayan solicitado el plazo máximo, y continúe sin haber locomotoras suficientes para atender todas las solicitudes, se atenderán, las solicitudes que ofrezcan un precio más alto de arrendamiento entre la horquilla de precios mínimo y máximo correspondientes según la tabla de precios que puede solicitar en alquiler@renfe.es.
  • Sorteo: en el supuesto de que varias empresas hayan solicitado un precio máximo y no haya locomotoras suficientes para atender todas las solicitudes, se realizará un sorteo ante el Notario que esté realizando el acto de apertura, para determinar el arrendatario entre todas las solicitudes “empatadas” en plazo y en precio.  

Analizadas las solicitudes de alquiler se comunicará a las empresas que hayan solicitado su arrendamiento si es posible o no atender su solicitud en atención a los anteriores criterios.

Para cualquier aclaración o información adicional que precisen pónganse en contacto con nosotros en alquiler@renfe.es.