La entidad pública empresarial Renfe Operadora, empresa matriz del Grupo Renfe, en uso de las facultades que tiene atribuidas en el marco establecido por el Real Decreto 2396/2004, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Entidad de acuerdo con las autorizaciones de los organismos correspondientes, procede a convocar ingreso de personal laboral fijo en el marco del proceso de selección según tasa de reposición aprobada, a fin de atender las necesidades de contratación fija para mantener la actividad productiva de los diferentes negocios del Grupo (1).
El Grupo Renfe garantiza que los criterios de selección, tras respetar los principios de igualdad, mérito y capacidad, promoverán el equilibrio de género, fomentando en lo posible el incremento del género subrepresentado dentro de su plantilla, teniendo en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, y el Acuerdo de Consejo de Ministros fecha 9 de diciembre de 2020 por el que se aprueba el III Plan para la Igualdad de género en la Administración General del Estado y en sus Organismos Públicos (2), y en línea con los cambios y avances en materia de igualdad de las personas LGTBIQ incorporadas a la legislación española en el ámbito autonómico, se desarrollará de acuerdo con las siguientes bases.
Los requisitos generales que deben reunir los solicitantes y que deberán mantener en el momento de la formalización del contrato, para poder participar en la convocatoria son los siguientes:
La presente convocatoria en el marco de la Oferta de Empleo 2022 se publicará en la página web del Grupo Renfe, www.renfe.com, en el apartado Empleo y Formación, y en el portal corporativo Interesa.
Toda la información necesaria y derivada de la presente Convocatoria, se publicará, en su momento, en la página web del Grupo Renfe y en el portal corporativo Interesa.
Los listados de participantes que se publiquen durante la tramitación de la presente convocatoria incluirán el número de candidato asociado al número de solicitud de cada uno de ellos, sin indicación del nombre y apellidos de su titular. Dichas notaciones tienen suficiente valor, por sí solas, para acreditar la identidad de las personas con arreglo a los principios de proporcionalidad y publicidad, todo ello de acuerdo con los requerimientos de la normativa europea y nacional aplicable en materia de protección de datos y las demás leyes específicas que regulan el tratamiento de la información durante la tramitación de los procesos selectivos.
Plazo de admisión de solicitudes:
Este mismo plazo será el único hábil para la impugnación de la presente Convocatoria.
Los candidatos presentarán su solicitud de participación únicamente a través de la página web del Grupo Renfe, www.renfe.com, en el apartado Empleo y Talento.
Para la resolución de la Convocatoria se constituirá un Tribunal con las atribuciones y composición previstas en la Normativa Laboral vigente del Grupo Renfe.
El Tribunal de las Convocatorias adoptará cuantas decisiones estime pertinentes para el correcto cumplimiento del proceso selectivo y resolverá todas las cuestiones que pudieran plantearse en el transcurso del proceso.
También, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española y la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.
Asimismo, adoptará las medidas precisas para que los candidatos con discapacidad gocen de análogas condiciones que el resto de los candidatos en la realización de las pruebas previstas.
A efectos de comunicaciones, que deberán realizarse por escrito, el Tribunal tendrá su sede en:
Grupo Renfe – Dirección General de Seguridad, Organización y Recursos Humanos
Avda. Ciudad de Barcelona, 8, 4ª planta. 28007 Madrid
(1) A los efectos de esta convocatoria, se entiende por Grupo Renfe: La Entidad Pública Empresarial Renfe Operadora y las Sociedades Mercantiles Estatales (Renfe Viajeros SME S.A., Renfe Mercancías SME S.A., Renfe Fabricación y Mantenimiento SME S.A. y Renfe Alquiler de Material Ferroviario SME S.A.).
(2) Esta convocatoria, tal y como plantea la Real Academia Española (RAE), utiliza el término masculino como género gramatical no marcado e inclusivo, es decir, están incluidos los individuos de ese género, pero también el femenino, tanto en plural como en singular, sin que esto pueda entenderse discriminación alguna. De igual forma, se actuará en las resoluciones del proceso selectivo que se deriven de la presente convocatoria.