Renfe Viajeros responderá frente al CLIENTE en función de las obligaciones que le corresponden por su ámbito de gestión del viaje, del correcto cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, con independencia de que éstas las deba ejecutar el mismo u otros prestadores de servicios y sin perjuicio del derecho de Renfe Viajeros a actuar contra dichos prestadores de servicios.

La responsabilidad de Renfe Viajeros cesará, como consecuencia de la no ejecución o ejecución defectuosa del contrato, cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:

  • Que los defectos sean imputables al CLIENTE
  • Que sean imputables a un tercero, ajeno al suministro de las prestaciones previstas en el contrato y revistan un carácter imprevisible o insuperable.
  • Que se deba a Causas de Fuerza Mayor
  • Que los daños se deban a un acontecimiento que Renfe Viajeros, a pesar de haber puesto toda la diligencia necesaria, no podía prever o superar.

El resarcimiento de los daños, en su caso, por incumplimiento o mala ejecución de las prestaciones, quedará limitado a lo previsto en la normativa nacional vigente.

Renfe Viajeros no será responsable frente a terceros, por incumplimientos de las obligaciones del CLIENTE, salvo en aquello expresamente indicado en la regulación aplicable al caso.

Idioma Acuerdo Total, Legislación aplicable y Jurisdicción

En caso de cualquier controversia relativa a la redacción de los documentos vinculados a la contratación de los servicios de Trenes Turísticos, y derivados de la traducción de estos a otro idioma, prevalecerá la versión en español.

Las presentes Condiciones, junto con los catálogos, presupuestos y demás material generado para la contratación de los productos turísticos de Trenes Turísticos por el CLIENTE, representan un acuerdo total y vinculante entre las partes.

La contratación de los productos turísticos se regirá por las Condiciones establecidas en este documento y de forma subsidiaria (y siempre que no esté previsto o en contradicción con lo anterior) por las prescripciones específicas contenida en los catálogos, presupuestos y demás material generado entre las partes para la contratación de los viajes. En lo no expresamente pactado, será de aplicación la legislación española.

En los casos de dudas o diferencias suscitadas por la aplicación o interpretación de las Condiciones de contratación, se procurará sean resueltas de común acuerdo entre las Partes.

De no alcanzarse dicho acuerdo de las negociaciones de la controversia ambas partes acuerdan someterla al conocimiento de los Juzgados y Tribunales competentes de Madrid Capital, con expresa renuncia de las partes a cualesquiera otros fueros que pudieran corresponderles.