De acuerdo a los términos del Real Decreto 1575/1989 de 22 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Seguro Obligatorio de Viajeros, Renfe Viajeros S.M.E, S.A. tiene contratado con la empresa EVEREST INSURANCE (IRELAND) DAC, sucursal en España, un seguro obligatorio de accidentes para los viajeros, con el fin de indemnizar a éstos o a sus derechohabientes, cuando sufran daños corporales, en accidente que tenga lugar con ocasión de desplazamientos por medio del transporte ferroviario que RENFE realiza, siempre que concurran las circunstancias establecidas en el citado Reglamento.
Esta cobertura se ha ampliado para aquellos accidentes que sufran los viajeros en las estaciones gestionadas por Renfe Viajeros S.M.E, S.A.
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En las distintas opciones, los viajeros pueden cumplimentar los Formularios de Notificación de Accidentes (FNAV) en función de la fecha de accidente. Por un lado, a través de la aseguradora AIG Europe S.A sucursal en España, se gestionan los accidentes aquéllos acaecidos antes del 31.12.2024 y, por otro lado, a través de EVEREST INSURANCE (IRELAND) DAC, sucursal en España se tramitan los accidentes acaecidos desde el 01.01.2025.
Ambas compañías son las responsables de tramitar las reclamaciones del Seguro Obligatorio de Viajeros correspondientes.